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Políticas de otorgamiento de servicios funerarios y validación de datos

NUÑEZ LIZANA CATALINA MARINA MARISELA

Timestamp

Preparativos

PRENECESIDAD INHUMACION

GRUPO VALLE DE LOS ÁNGELES S.A. DE C.V.

SOLICITUD DE SERVICIO FUNERARIO

Yo

JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

identificándome con _____________________________________ por medio de la presente y bajo protesta de decir verdad, solicito un servicio funerario para la persona que en vida llevara el nombre de

NUÑEZ LIZANA CATALINA MARINA MARISELA

especificando que mi relación o parentesco con dicha persona es:

Hijo/a

Manifestando que al momento de solicitar el presente servicio funerario soy la persona con relación o parentesco más cercano al finado. Por lo anterior autorizo a Grupo Valle de los Ángeles S.A. de C.V. para que lleve a cabo el servicio funerario de:
(    ) Cremación    (    ) Inhumación

RESPONSIVA DE TRASLADO

Por este conducto, autorizo bajo mi responsabilidad al Sr. _________________________ mismo presta sus servicios a Valle de los Ángeles como operador de carroza, para trasladar el cuerpo de la persona que en vida llevó el nombre de

NUÑEZ LIZANA CATALINA MARINA MARISELA

a sus instalaciones ubicadas en Avenida 31 Oriente Número 1212 Colonia Ladrillera de Benítez, en esta ciudad de Puebla.

Me obligo a entregar a la brevedad el Certificado Médico de Defunción a Valle de los Ángeles, para poder iniciar el proceso de preparación del cuerpo y los trámites correspondientes.

INVENTARIO DE PERTENENCIAS PARA TRASLADO

Prendas de vestir:

 Camisa    Pantalón    Playera    Calcetines    Zapatos  
 Vestido    Falda    Blusa    Medias    Sueter  
 Saco    Corbata    Pañoleta    Ropa Interior    Chamarra  

Otro (especificar): ________________________________________

NOTA: No se reciben accesorios y objetos de valor (anillos, alhajas, etc.)

Posterior al traslado, las pertenencias: (    ) Se devuelven.    (    ) Se desechan.

OBJETOS EN EL CUERPO

 Clavos    Prótesis    Tornillosa    Marcapasos    Catéter  

Otro (especificar): ________________________________________

INVENTARIO DE PERTENENCIAS PARA ARREGLO ESTÉTICO

Prendas de vestir:

 Camisa    Pantalón    Playera    Calcetines    Zapatos  
 Vestido    Falda    Blusa    Medias    Sueter  
 Saco    Corbata    Pañoleta    Ropa Interior    Chamarra  

Otro (especificar): ________________________________________

NOTA: En caso de servicio de cremación, todo tipo de calzado entregado para el arreglo estético se devuelve.

El calzado no entra a la unidad crematoria.

PRESENTACIÓN DEL SER QUERIDO

Valle de los Ángeles hace de su conocimiento que una vez realizado el arreglo tanatoestético de acuerdo con sus indicaciones, antes de pasar a la sala de velación, presentaremos a su Ser Querido en una sala exclusiva para que usted y los familiares que usted autorice puedan tener una despedida privada antes de hacer la instalación del servicio funerario en la sala asignada.

JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

Operador Carroza

Asesora de Contingencia

RAMIREZ CARMONA WENDY

PRESENTACIÓN

Valle de los Ángeles hace de su conocimiento que hemos realizado el arreglo tanatoestético de acuerdo con sus indicaciones por lo que le solicitamos que al momento de la despedida privada con Ser Querido, por favor revise que las pertenencias declaradas en el inventario para el traslado y la preparación le sean entregadas y lo manifieste en este documento.

Recibí completo el inventario de pertenencias: (    ) SI    (    ) NO

En caso de algún objeto faltante, especificar: _________________________________________

Así mismo le solicitamos su visto bueno para continuar con la siguiente parte del servicio.

Autorizo a que a partir de este momento se haga la instalación del servicio: (    ) SI     (    ) NO

INSTALACIÓN DEL SERVICIO EN SALA

Manifiesto que estoy en conocimiento de que a partir del momento de la instalación del servicio en la capilla asignada, Valle de los Ángeles no tiene responsabilidad alguna acerca de los objetos de valor o sentimentales que acompañan al Ser Querido durante la velación, ya que a partir de iniciado el servicio en la capilla de velación el cuerpo del Ser Querido ya no es tratado por nuestro personal y los objetos de valor quedan en custodia del titular del servicio y su familia.

EN CASO DE INHUMACIÓN:

El retiro o ingreso de algún objeto al ataúd, deberá realizarse en la sala de velación antes de la salida del cortejo. Una vez que se realiza la salida de la sala de velación, NO se podrá abrir el ataúd.

EN CASO DE CREMACIÓN:

Antes del retiro del cuerpo de la sala de velación para iniciar el servicio de cremación, se deben solicitar los objetos a retirar que deban de ser entregados al titular del servicio en el momento de la certificación del ingreso de Ser Querido a la unidad crematoria.

JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

No. de Orden de Servicio:

3616710

Nombre de Consejera Familiar

Asesora de Contingencia

RAMIREZ CARMONA WENDY

Orden de Servicio

GRUPO VALLE DE LOS ÁNGELES S.A. DE C.V.

ORDEN DE SERVICIO FUNERARIO

Número de Orden de Servicio:

3616710

Tipo de Servicio:

PRENECESIDAD INHUMACION

DATOS DEL FINADO:

Nombre:

NUÑEZ LIZANA CATALINA MARINA MARISELA

Fecha de nacimiento

1947-02-13T06:00:00.000Z

Fecha de defunción:

2025-06-17T06:00:00.000Z

DESTINO FINAL

Ubicación

Parque Valle de los Angeles Puebla

Fecha del servicio:

2025-06-18T16:00:37.000Z

Nombre del vendedor:

RAMIREZ CARMONA WENDY

DESGLOSE DEL SERVICIO A OTORGAR.

El total de los servicios contratados se desglosa en esta Orden de Servicio:

SERVICIOS ADQUIRIDOS EN PREVISIÓN:

Elemento

Precio:

TRASLADO AREA METROPOLITANA- 0.00, Ataúd Sanher- 14840.00, Trámites Legales Inhumación- 3960.00, Capilla Valle 9- 6000.00, APERTURA DE FOSA- 0.00

Total cubierto:

24800

SERVICIOS SOLICITADOS AL MOMENTO DE LA SOLICITUD

Elemento

Precio:

TRASLADO AREA METROPOLITANA- 0.00, Ataúd Sanher- 14840.00, Trámites Legales Inhumación- 3960.00, Capilla Valle 9- 6000.00, APERTURA DE FOSA- 0.00

Subtotal:

24800

Descuento:

0

Total a pagar:

data

Debo y pagaré incondicionalmente a la vista, a la orden de Grupo Valle de los Ángeles S.A. de C.V. la cantidad anotada como importe total de los servicios cubiertos, en los términos de los artículos 170 y 174 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Solicitante:

JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

Teléfono:

2229804355

Correo:

Jorgefarro@hotmail.com

Firma

AUTORIZACIÓN PARA EMBALSAMAMIENTO

Manifiesto que fui informado de las razones por las cuales puede ser necesario realizar el procedimiento de embalsamado, basado en recomendaciones de nuestro responsable sanitario, así́ como las consecuencias de no autorizarlo.

Autorizo que se realice el proceso de embalsamamiento.  (    ) SI    (    ) NO

DESCARGOS DE RESPONSABILIDAD

1. CERTIFICADOS MÉDICOS

El Certificado Médico de Defunción es un documento legal emitido únicamente por médicos autorizados y registrados ante las autoridades sanitarias correspondientes. Valle de los Ángeles es ajeno a la expedición y al contenido de dicho documento.

En caso de no contar con un médico que expida su Certificado Médico de Defunción, podemos referirle uno sin que esto implique responsabilidad alguna para Valle de los Ángeles y nos deslindamos del acuerdo económico entre el solicitante y el médico emisor de dicho documento.

2. FACTURACIÓN DE SERVICIO

El artículo 39 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación señala que los contribuyentes tienen un plazo de 24 horas luego de que haya tenido lugar la operación o venta, un plazo de 72 horas a partir a la fecha de creación para timbrar una factura y en base a los lineamientos del SAT no habrá refacturación.

Por lo anterior hacemos de su conocimiento que de no solicitar factura antes de las 48 horas, el importe correspondiente a este servicio se facturará como a “Público en general”:

Si requiere factura (Tramites ante IMSS o ISSSTEP) debe solicitarla antes de 48 horas enviando al correo: facturacion@valledelosangeles.com su Constancia de Situación Fiscal con Cédula de Identificación Fiscal (CIF), número de Orden de Servicio y recibo de pago.

Solicitante:

JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

Teléfono:

2229804355

Correo:

Jorgefarro@hotmail.com

Firma

Asesora de Contingencia

RAMIREZ CARMONA WENDY

REGLAMENTO INTERNO DE USO DE INSTALACIONES

Para respetar el duelo en todas las capillas, compartimos las reglas en nuestras instalaciones.
Agradecemos su comprensión y hacemos de su conocimiento que al momento de firmar este reglamento, el titular del servicio se hace responsable de respetar estas disposiciones.

Ingreso y permanencia en las instalaciones:
  1. No se permite el ingreso de personas en estado de ebriedad o bajo el efecto de sustancias estupefacientes. Tampoco se permite el ingreso de bebidas alcohólicas de ningún tipo.
  2. Para mantener la limpieza y el orden, está prohibido el ingreso de alimentos y bebidas en volúmenes mayores al del uso personal.
  3. No se permite el ingreso de mascotas a las instalaciones, únicamente está permitido el ingreso de perros de asistencia para personas con discapacidad.
  4. Queda prohibido el ingreso de personas armadas.
  5. Los visitantes deben mantener el orden y el respeto hacia las demás familias y se solicitará retirar a cualquier persona con conductas inapropiadas.
Celebraciones religiosas y homenajes en Funeraria:

Se permite la realización de celebraciones religiosas en todas las capillas bajo las siguientes condiciones:

  1. El titular del servicio debe de informar al asesor en turno acerca de qué tipo de celebración se llevará a cabo y debe proporcionar la fecha, la hora y el nombre de la persona que oficiará la celebración.
  2. En los casos en los que el titular del servicio por su cuenta contrate una celebración, el mismo debe informar a su oficiante que es obligatorio firmar y cumplir con el reglamento para proveedores de servicios de Valle de los Ángeles.
  3. Solo se permiten celebraciones en donde la intensidad y el volumen del sonido de la celebración no altere la paz y la tranquilidad de las otras capillas de velación.
  4. Únicamente se permite el uso de micrófono con una bocina solo para el oficiante. Estos pueden ser proporcionado por parte de Valle de los Ángeles.
  5. Para los casos en los que se solicite que la celebración tenga un acompañamiento musical, se permiten cantores o coros sin uso de micrófonos ni de bocinas.
  6. De instrumentos musicales únicamente se permite el ingreso de instrumentos de cuerda pulsada como guitarras o de cuerda frotada como violín o violoncello así como instrumentos de viento como flauta dulce o flauta transversa. El uso de cualquiera de estos instrumentos es sin micrófonos y sin bocinas.

Todas las condiciones descritas con anterioridad aplican tanto para celebraciones contratadas directamente con Valle de los Ángeles como para las organizadas por el titular o cualquiera de sus familiares.

Celebraciones religiosas y homenajes en Parque Funerario:

Misas y homenajes contratados con VDLA:

Con la finalidad de apoyarle en la despedida a su ser querido para honrar su memoria y rendir un tributo digno, Valle de los Ángeles pone a su disposición un catálogo de homenajes memorables que pueden ser celebrados tanto en la funeraria como en el parque funerario.

  1. El asesor en turno esta obligado a brindar al titular del servicio toda la información detallada que se requiera para la celebración de un homenaje.
  2. Todos los servicios tienen derecho a una ceremonia de último adiós sin costo. El asesor en turno debe informar en que consiste dicha ceremonia y en caso de ser requerida, el titular debe proporcionar al asesor en turno los datos necesarios para la correcta coordinación de la ceremonia.
  3. Las ceremonias y homenajes que el titular puede contratar con costo son:
    • En funeraria: Misas de cuerpo presente en Mausoleo, Misas en Mausoleo con acompañamiento musical, Misas en capilla, Rosario Viviente, liberación de mariposas o catering ejecutivo.
    • En parque funerario: Misa de cuerpo presente en la capilla del Parque Funerario, Liberación de palomas, acompañamiento musical con mariachi, Responso en lote o Rosario Viviente en lote
  4. En todos los casos en los que una ceremonia u homenaje sean otorgados por un proveedor externo autorizado por Valle de los Ángeles, la celebración queda sujeta a la disponibilidad del proveedor por lo que en caso de cancelación por parte del proveedor, la empresa procederá a la devolución del importe pagado.

Otros:

  1. Para evitar incendios o daños a las instalaciones, no se permite el uso de fuentes de luz viva (velas de parafina o cera) En caso de requerir velas eléctricas, por favor acuda con su asesor en turno.
  2. Por seguridad y comodidad, no se permiten acceso de coronas florales sin trípode.
  3. Nuestro servicio de Valet Parking es completamente gratuito. la empresa no se hace responsable por daños ocasionados a vehículos estacionados en vía pública.
  4. Los vehículos para cortejos parten de la entrada de la 31 oriente. La salida de carroza se efectúa por la salida de la 12 sur.
  5. El titular del servicio es responsable de mantener las instalaciones en las mismas condiciones en que fueron recibidas.

Solicitante:

JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

Teléfono:

2229804355

Correo:

Jorgefarro@hotmail.com

Firma

REGLAMENTO DE PARQUE FUNERARIO

En concordancia con la última reforma al código reglamentario del Municipio de Puebla publicada en el periódico oficial del estado el 30 de diciembre del 2016 en el capítulo 22 disposiciones generales para panteones en el artículo 1528 que establece que las disposiciones son de orden público y observancia general dentro del Municipio y tienen por objeto regular el establecimiento, funcionamiento, conservación, operación y vigilancia, de los panteones concesionados, se establece el presente reglamento para el parque funerario Valle de los Ángeles.

  1. El Parque Funerario Valle de los Ángeles estará abierto diariamente de las 8:30 a las 17:30 horas y el horario de atención es de 09:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 16:30 horas. Toda persona ajena a la administración del Parque Funerario Valle de los Ángeles deberá desalojarlo a más tardar a las 17:30 horas.
  2. Los servicios de inhumación se realizarán de 10:40 am a 16:40 pm y se programarán con diferencia mínima de 1 hora entre cada servicio a efecto de no generar confusión a los asistentes de cada servicio.
  3. Las exhumaciones se realizarán en el día y la hora que fije la administración, se programarán con un máximo de un lote al día y en ningún caso podrán coincidir con horarios de inhumación y de visitas, salvo que el caso concreto lo requiera y previa autorización de la empresa.
  4. La oficina administrativa del parque funerario estará abierta diariamente para atención a visitantes de las 9:00 a las 14:00 y de 15:00 a las 16:30 horas.
  5. Todas las personas que visitan el parque funerario están obligadas a usar únicamente los caminos y jardines, quedando prohibido el caminar sobre las lápidas, los deterioros que se causaren a las lápidas y a las áreas comunes serán a costa de quien los ocasione.
  6. Son obligaciones de los usuarios conservar en buen estado las fosas, nichos y monumentos, así como abstenerse de ensuciar y dañar los jardines, por lo que no se permite hacer marcas o zanjas alrededor de las fosas, así como poner montículos que sobresalgan del nivel de piso del jardín. El personal del parque funerario mantendrá la armonía y aspecto agradables a los visitantes, así como un lugar digno a los cuerpos en guarda.
  7. Todos los vehículos que ingresen al parque funerario deberán hacer alto total cuando se encuentren la procesión de un funeral y deberán siempre circular a una velocidad máxima de 10 kilómetros por hora, no pudiéndose estacionar en cualquier lugar que obstaculice el libre tránsito, ni en jardines funerarios, aunque no estén ocupados, ni en zonas donde la guarnición está marcada con rojo, estando siempre a su disposición el estacionamiento general del parque funerario, excepto en días festivos que impliquen una afluencia extraordinaria al mismo.
  8. Con el fin de mantener dentro del parque funerario el orden y respeto que merece el lugar, la empresa se reserva el derecho de impedir el acceso de grupos musicales, bocinas, amplificadores o altoparlantes, quedando a discreción de la empresa la autorización correspondiente en las condiciones que la misma determine.
  9. Queda prohibida la entrada al parque funerario de personas en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas enervantes.
  10. No se permite la entrada al parque funerario a niños menores de 13 años, salvo que se encuentren acompañados de un adulto.
  11. No se permite el acceso de animales al parque funerario.
  12. Queda totalmente prohibida la venta ambulante de cualquier producto o servicio ajeno a la empresa dentro de las instalaciones del parque funerario.
  13. Todos los temas relacionados con la colocación y grabado de lápidas, placas de nicho y sus accesorios deberán ser solicitados directamente por el titular o titular sustituto de la fosa o nicho a la administración del parque funerario.
  14. Con la finalidad de preservar la imagen del parque funerario, solo se permite colocar en la cabecera del lote una (1) lápida con medidas de 40 cm de ancho por 60 cm de largo, dispuesta de manera horizontal y longitudinal al lote.
  15. Las lápidas tendrán un grabado que indique el nombre, las fechas de nacimiento y de defunción y pueden complementarse con un epitafio y con máximo dos floreros que no excedan las medidas de 15 cm de diámetro por 25 cm de altura, además de accesorios que no excedan las dimensiones de la lápida los cuales deberán ser colocadas únicamente de forma horizontal, ya que forman parte del entorno general del parque funerario.
  16. En los grabados de lápidas o de placas de nicho, los usuarios deben abstenerse de colocar epitafios contrarios a la moral o las buenas costumbres. En el caso de grabados que rompan con la armonía, la empresa avisará a los titulares de dicha situación antes del retiro de la misma.
  17. No se permite la colocación de objetos, plantación de árboles o cetos y monumentos sobre las fosas. Todo objeto que no sea una lápida con las medidas previamente establecidas será retirado. Así mismo, todo ornamento u objeto que se coloque fuera de la lápida será retirado
  18. Los usuarios no pueden extraer ningún objeto del panteón sin el permiso de la administración del parque funerario.
  19. Cada fosa tiene una superficie de 2.50 metros de largo por 1.20 metros de ancho salvo los casos de los jardines y productos especiales cuyas medidas están definidas en la ficha técnica de los mismos.
  20. La empresa se reserva el derecho de poner a disposición de los titulares o de los titulares sustitutos, fosas, nichos, servicios, flores, marmolería, accesorios y la celebración de homenajes o misas en la capilla del parque funerario o en la fosa respectiva, oficiadas por el ministro que designe a su costa el titular o su titular sustituto, con el costo respectivo. La lista de precios de los productos disponibles se encuentra a disposición del público en general en las oficinas administrativas del parque funerario Valle de los Ángeles.21. Los nichos y osarios, tanto exteriores, como interiores, ubicados dentro del parque funerario y los jardines familiares, quedan sujetos a las normas contenidas en este reglamento

JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

Acepto las condiciones:

Número de Orden de Servicio:

3616710

RAMIREZ CARMONA WENDY

Informé las condiciones

Asesor de Servicio

AVISO DE PRIVACIDAD

Grupo Valle de los Ángeles S.A. de C.V., con domicilio en Avenida 31 Oriente 1212, Colonia Ladrillera de Benítez, en Puebla, Puebla, código postal 72350, es responsable de recabar sus datos personales, del uso que se le dé a los mismos y de su protección.

Su información personal será utilizada para proveer los servicios y productos que ha solicitado, informarle sobre cambios en los mismos y evaluar la calidad del servicio que le brindamos. Para las finalidades antes menciona- das, requerimos obtener los siguientes datos personales: nombre completo, domicilio particular y de trabajo, teléfonos, dirección de correo electrónico y copia de identificación oficial.

De acuerdo con la ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, les informamos que usted tiene derecho de acceder, rectificar y cancelar sus datos personales, así como de oponerse al tratamiento de estos o revocar el consentimiento que para tal fin nos haya otorgado, a través de los procedimientos que hemos implementado. Para conocer dichos procedimientos, los requisitos y plazos, se puede poner en contacto con nuestro departamento de datos personales, en las oficinas ubicadas en la Avenida 31 Oriente 1212, Colonia Ladrillera de Benítez, Puebla, Puebla, teléfono 2374455, correo electrónico: sistemas@valledelosangeles.com o visitar nuestro sitio web en nuestra página de contacto: http://valledelosangeles.com/contacto.html

Asimismo, le informamos que sus datos personales no serán transferidos ni tratados dentro y fuera del país, por personas distintas a esta empresa.

Si usted desea dejar de recibir mensajes promocionales de nuestra parte puede solicitarlo al número telefónico 2374455, en Avenida 31 oriente 1212, Colonia Ladrillera de Benítez, Puebla, Puebla, o al correo electrónico: sistemas@valledelosangeles.com

JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

Carta poder

Puebla, Puebla

A

2025-06-17T14:51:22.000Z

. Por medio de la presente en mi carácter de

Hijo/a

de de quien en vida llevara el nombre de

NUÑEZ LIZANA CATALINA MARINA MARISELA

otorgo al C. _____________________________________________________________ poder amplio, cumplido y bastante para que a mi nombre y representación realice todos los trámites legales y administrativos ante los Juzgados del Registro Civil, Panteón Municipal, o cualquier otra dependencia que resulten necesarios para poder llevar a cabo el servicio funerario solicitado a Grupo Valle de los Ángeles S.A. de C.V.Otorgo el

Otorgo el poder

JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

Acepto el poder:

Testigo

Aceptación de información y términos

  • Nombre del finado:

    NUÑEZ LIZANA CATALINA MARINA MARISELA

  • Fecha de nacimiento del finado (DD-MM-AAAA):

    1947-02-13T06:00:00.000Z

  • Fecha de defunción del finado (DD-MM-AAAA):

    2025-06-17T06:00:00.000Z

  • Edad del finado:

    78

  • Lugar de nacimiento:

    PUEBLA

  • Orden de servicio:

    3616710

  • Tipo de servicio:

    PRENECESIDAD INHUMACION

  • ¿Se tramitan extractos?:

    No

    Si

Información complementaria requerida por el juzgado para realizar trámites legales:

  • Estado civil del finado:

    VIUDO/A

  • Nombre del cónyuge:

  • Nacionalidad del cónyuge:

  • Nombre del padre:

    PEDRO NUÑEZ

  • Nombre de la madre:

    OLIVIA LIZANA

  • Nombre del titular:

    JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

  • Parentesco con el finado:

    Hijo/a

  • Correo del titular:

    Jorgefarro@hotmail.com

  • Teléfono del titular:

    2229804355

Una vez entendido todos los términos de este documento y corroborando los datos presentados anteriormente, expreso mi conformidad.

JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

Constancia

PRENECESIDAD INHUMACION

Constancia de cremación

Por medio de la presente se hace constar, que el cuerpo de quien en vida llevó el nombre de:

NUÑEZ LIZANA CATALINA MARINA MARISELA

Fue incinerado el día

2025-06-18T16:00:37.000Z

en el crematorio de Capillas Valle de los Ángeles de esta Ciudad de Puebla, Pue. Cumpliendo con la reglamentación vigente y sus cenizas han sido entregadas a sus familiares.

Atentamente

GRUPO VALLE DE LOS ÁNGELES S.A DE C.V

Asesora de Contingencia

RAMIREZ CARMONA WENDY

Número de Orden de Servicio:

3616710

Titular del servicio:

JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

Estatus de OS:

Liquidada

Puebla, PUE. A

2025-06-18T16:00:37.000Z

Esta constancia fué expedida el:

timestamp

Constancia de velación

Por medio de la presente se hace constar, que el cuerpo de quien en vida llevó el nombre de:

NUÑEZ LIZANA CATALINA MARINA MARISELA

Fue velado el día

2025-06-18T16:00:37.000Z

en

CAPILLA 9

por Valle de los Ángeles. Cumpliendo con la reglamentación vigente por lo que se extiende esta constancia con la cuál la familia puede proceder al cortejo que lo traslade a su destino final.

Atentamente

GRUPO VALLE DE LOS ÁNGELES S.A DE C.V

Asesora de Contingencia

RAMIREZ CARMONA WENDY

Número de Orden de Servicio:

3616710

Titular del servicio:

JARAMILLO NUÑEZ VICTOR HUGO

Estatus de OS:

Liquidada

Puebla, PUE. A

2025-06-18T16:00:37.000Z

Esta constancia fué expedida el:

timestamp

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